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El 1 de diciembre de 2022, el Congreso ha aprobado definitivamente la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, conocida como la “Ley de startups”, cuyo fin es establecer un marco normativo específico para apoyar la creación y el crecimiento de las empresas emergentes.
Entrando en vigor en enero de 2023, el objetivo principal de esta ley es la ayuda en la creación de empresas y el atraer talento e inversiones al panorama español. Para ello se han introducido una serie de medidas en el ámbito administrativo fiscal y empresarial que incluye una batería de incentivos fiscales y una mayor flexibilización de trámites burocráticos y administrativos.
¿Cuáles son las medidas previstas en la Ley de Startups?
- Con la entrada en vigor de la ley se agilizan los trámites para poder constituir una empresa con un solo paso, estatutos sociales tipo y por medios telemáticos. Igualmente se suprimen en la constitución los costes notariales y registrales.
- Se agiliza la tramitación y obtención de visados para trabajadores extranjeros y para aquellos teletrabajadores desplazados al territorio español conocidos como nómadas digitales.
- Incorporación de una amplia serie de incentivos fiscales para empresas, inversores y trabajadores de startups
- El impuesto de sociedades para empresas de nueva creación, cuando obtengan beneficios, anteriormente se pagarían un 15% los dos primeros 2 años, 25% al año siguiente. Ahora bien, si tienes esa base innovadora catalogada como startups, el primer año obtendrás un 15% así como los tres siguientes años, algo totalmente innovador.
- Aplazamientos especiales, dado que durante los primeros años este tipo de sociedades startups van a poder solicitar aplazamiento durante 12 meses y 6 meses de manera consecutiva sin ningún tipo de garantía (algo que hasta ahora si superas los 30.000e si que debías aportar garantía)
- Anteriormente para captar inversores extranjeros te obligaban a obtener un NIE, ahora con la entrada en vigor de esta nueva Ley, con el número de identificación fiscal ya bastaría.
- Nos encontramos también ante una exención de tributación fiscal que pasa de los 12.000 euros a los 50.000 euros anuales en el caso de acciones o participaciones de compra.
- Trámites administrativos más baratos y ágiles, tanto de creación de empresa como del desarrollo de la misma.
- La base de deducción por inversión en empresas de nueva o de reciente creación se eleva de los 60.000 euros hasta ni más ni menos que 100.000 euros anuales y el tipo de deducción pasa del 30% al 50%.
- Educación y formación en emprendimiento e innovación
- Califica el llamado “carried interest” como rendimiento del trabajo en el IRPF integrándolo en un 50% de su importe bajo determinados requisitos.
- Flexibiliza el régimen de autocartera de las empresas emergentes y permite que no incurran en causa de disolución por pérdidas hasta que no hayan transcurrido tres años desde su constitución.
- Incorpora beneficios fiscales en la tributación de las stock options, la deducción por inversión o en la tributación de la propia empresa emergente.
- Se bonifica el 100% de la cuota del Régimen Especial de Trabajo Autónomo para los autónomos societarios que continúen siendo trabajadores por cuenta ajena, durante los tres primeros años.
- Las empresas emergentes que operen en sectores regulados podrán solicitar licencias de prueba temporales durante un año.
- Introduce modificaciones en el régimen fiscal de impatriados para que más contribuyentes puedan beneficiarse y en materia migratoria para fomentar el teletrabajo internacional.
¿Qué es una empresa emergente?
La Ley de Startups, como hemos podido ver, es de aplicación a las empresas emergentes. Pero, ¿Qué sería una empresa emergente?
- Debe ser una empresa independiente con menos de 5 años de vida desde su fundación, menos en los sectores de biotecnología, energía e industria que serán de 7 años.
- Ha de tener carácter innovador acreditado por la empresa nacional de innovación. Este organismo pone a servicio de los ciudadanos un sistema de ventanilla única para la declaración y acreditación de carácter innovador de la empresa y el acceso a los beneficios previstos en la ley. Está previsto que estas competencias recaigan en la oficina nacional de emprendimiento.
- La sede social debe estar establecida permanentemente en España.
- El 60% de la plantilla debe tener contrato laboral en territorio español.
- La empresa no puede estar cotizando en bolsa ni distribuir dividendos.
- Debe tener un volumen de negocios de menos de 5 millones de euros al año.
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